Caso Strzyzowski: Zdero pidió la cárcel y la “pena máxima” para los Sena

A través de sus redes sociales el gobernador de Chaco Leandro Zdero, se manifestó por medio de un video sobre el caso de Cecilia Strzyzowski y pidió la cárcel y la “pena máxima” para el clan Sena.

En el marco de elevación a juicio por el femicidio de Cecilia Strzyzowski y el cambio de imputación contra los padres de César Sena, Emerenciano Sena y Marcela Acuña, quienes de coautores pasaron a ser acusados de “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género en carácter de partícipe primario”, el gobernador Leandro Zdero se expresó por redes sociales.

 

“Quiero informar al pueblo del Chaco en mi carácter de Gobernador de la provincia que ante el cambio de carátula del caso Cecilia he dado instrucciones precisas al Ministerio de Gobierno que a través de la querella se presenta un recurso para que tanto Emerenciano Sena como Marcela Acuña sean considerados coautores de la aberrante hecho que tuvo como víctima a Cecilia y se lo juzgue como tal”, fueron las primeras palabras del Gobernador en el video publicado.

Asimismo agregó: “Claro que respeto a los poderes del Estado, pero no podemos permitir que quienes claramente sabemos cómo se manejaban en todos los órdenes de la vida y que no hacían nada sin que todo esté controlado por estos siniestros personajes paguen por lo que hicieron y es por Cecilia, por su familia por tantas otras víctimas y por el pueblo del Chaco, que consideramos que deben tener la pena máxima en la cárcel y que es la cárcel el lugar donde verdaderamente se merecen estar por el resto de sus vidas, disculpen mi vehemencia saben que soy políticamente incorrecto pero creo humanamente expresar el sentir de todos los chequeños”.

 

ASÍ QUEDARON LAS IMPUTACIONES
1) Cesar Mario Alejandro Sena: Homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género en carácter de autor (art. 80 inc. 1° y 11° del Código Penal en función de la Ley 26.485).

2) Emerenciano Sena: Homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género en carácter de partícipe primario (art. 80 inc. 1° y 11° y art. 45 todos del Código Penal).

3) Marcela Verónica Acuña: Homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género en carácter de partícipe primario (art. 80 inc. 1° y 11° y art. 45 todos del Código Penal).

4) Fabiana Cecilia González: Encubrimiento agravado (art. 277 inc. 3° acáp. “A” en función del inc. 1° acáp. “B” del Código Penal).

5) José Gustavo Obregón: Encubrimiento agravado (art. 277 inc. 3° acáp. “A” en función del inc. 1° acáp. “B” del Código Penal).

6) Gustavo Melgarejo: Encubrimiento agravado (art. 277 inc. 3° acáp. “A” en función del inc. 1° acáp. “B” del Código Penal).

7) Griselda Lucía Reinoso: Encubrimiento agravado (art. 277 inc. 3° acáp. “A” en función del inc. 1° acáp. “B” del Código Penal).